¿A dios o al diablo? Ese es el dilema que se nos antoja que deben sufrir los compañeros que trabajan bajo el método de proyecto y obra.
No debería ser objeto de dilema. Los arquitectos somos profesionales y debemos tener la suficiente ética laboral para saber discernir el bien y el mal, pero ¿es tan clara la línea que los separa?
Por suerte (o por desgracia) todavía no nos hemos visto en esa tesitura, pero se nos antoja difícil, y más en una situación como la actual en la que el pan de cada uno pende de un hilo y en la que el encargo por proyecto y obra se nos antoja más perverso que nunca.
¿Qué hacer cuando la constructora te pide una rebaja de calidades para entrar en precio pese a que sabes que el proyecto no puede soportarla?
¿Qué hacer cuando la propiedad te pide que aumentes las exigencias a la constructora pero son ellos los que pagan tu trabajo y no la propiedad?
En obra tenemos la misión de dirigir y controlar la ejecución de la obra, pero en este modelo perverso, o pervertible, son los músicos los que pagan el salario del director de orquesta…
Todo esto viene a cuento del reciente fallo judicial, que aún no es sentencia firme, que el COAS nos ha comunicado, por el que el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla nº2 ha estimado el recurso del COAS anulando el Pliego de Condiciones Base del Concurso, la adjudicación del contrato de proyecto y obra y todos los actos posteriores a dicha contratación, obligando a EPSA a retrotraerse al momento de la redacción de las bases.
En la sentencia podemos leer, en una referencia a una sentencia anterior del TSJA, en lenguaje jurídico que queda más contundente, el problema de estos contratos:
“…la del potencial riesgo de menoscabo del rigor y de la eficacia de las funciones de dirección cuando ésta se adjudica al mismo empresario que ha de ser dirigido, supervisado, controlado o vigilado; riesgo que subsiste, agravado incluso, cuando ese empresario, además de ejecutar las obras, elaboró el proyecto.”
Creo que lo hemos dejado lo suficientemente claro, y no podemos dejar de alabar la dura batalla que el COAS está librando con las administraciones públicas, en especial con la Junta de Andalucía para que los concursos nos den garantías suficientes.
Otro tema es el daño colateral, que no tenemos claro en este caso pero que sin duda puede producirse, al obligar la sentencia a retrotraer el proceso al estado inicial del mismo.
Estamos hablando de un concurso de 2006… Si ese proyecto ha seguido sus cauces lógicos, debería estar ya proyectado, construido, dirigido y abonado en justicia a los compañeros que han realizado los trabajos y que se ajustaron a unas reglas de juego, que aunque ilegales según la sentencia, estaban ahí. ¿Qué pasa con ellos?
Vuelvo a decir: la política del COAS es loable. Se están batiendo el cobre con una entidad muy grande y poderosa. Pero, y aquí tengo que mirar a las dos esquinas del ring, ¿no sería mejor para todos un acuerdo?¿sentar las bases de una vez por todas?
Creo que evitaría todos estos procesos, costosos y largos, y todos los daños colaterales que producen.
Y, sobre todo, nos ayudaría a trabajar mejor.
Miguel Villegas, arquitecto
Editor en arquitextónica
Sevilla, octubre 2011